top of page

DESTINOS

TIPOS DE DESTINOS

Las/los funcionarios/as docentes tenemos dos tipos de destinos: provisionales y definitivos.

Los destinos provisionales son aquellos que cubren plazas vacantes de curso completo y que no son ocupadas por un/a funcionaria/o de carrera con destino definitivo. Estas vacantes son ocupadas por las/os funcionarias/os de carrera sin destino definitivo (“en expectativa”), desplazadas/os, en comisión de servicios, en prácticas e interinas/os.

Los destinos definitivos son aquellas plazas ocupadas por funcionarios de carrera en propiedad.

CONCURSOS DE TRASLADOS

El funcionariado de carrera está obligad@s a participar en él para obtener destino definitivo. Una vez obtenido el primer destino definitivo, a los dos años se puede volver a concursar para obtener otro.

Están regulados por el Real Decreto 895/89, Real Decreto 164/91 y Real Decreto 1212/98.

PERMUTAS

La Administración puede autorizar que permuten sus destinos dos funcionarias/os en activo del mismo Cuerpo, siempre que acrediten como mínimo dos años de antigüedad en sus centros de destino definitivo, que los destinos sean de igual naturaleza e idéntica forma de provisión, que no difieran entre sí en más de cinco años de servicios, que no le falte a ambos menos de diez años para cumplir la edad de jubilación y presenten Informe previo favorable de la unidad administrativa de la que dependa cada plaza. La permuta queda sin efecto si a los dos años siguientes a su concesión se produjera la excedencia o jubilación voluntaria de alguno de los permutantes. No se puede obtener una nueva permuta hasta que no pasen diez años desde que se concedió la anterior.

LAS COMISIONES DE SERVICIOS

El objetivo de las Comisiones de Servicio es atender determinadas necesidades del sistema educativo o particulares del profesorado, como una medida excepcional de obtención de un destino temporal por parte de los funcionarios/as docentes.

Por necesidades del sistema educativo:

a) Para cubrir puestos docentes específicos en diversos programas educativos cuyas características, perfiles o condiciones especiales, requieren para su desempeño titulaciones o experiencias específicas (Bilingües, Aulas Hospitalarias, Residencias Escolares, Ensenanza de Adultos, etc)

b) Para proyectos de experimentación, integración e Innovación Educativa.

c) Para cargos directivos en centros de nueva creación, así como para ocupar puestos de director/a en aquellos centros en los que una vez finalizado el proceso de elección del mismo no resultase nadie elegido, bien por ausencia de candidatos o por no resultar ninguno seleccionado.

d) Para el personal funcionario afectado por falta de horario en su centro de destino.

 

Situaciones especiales del profesorado

a) Por motivos de salud.

b) Por ocupación de un cargo electo en las Corporaciones Locales.

c) Por agrupamiento familiar (ser cónyuge de alto cargo en la Administración o de funcionario/a que desempeñe puesto de libre designación, cuando como consecuencia de este ultimo o alto cargo se produzca traslado que ocasione separación familiar).

d) Por acercamiento al domicilio habitual

El plazo para solicitarlas aparecen en las convocatorias públicas que se realizan al efecto, salvo cuando es por motivos de enfermedad que se podrá solicitar en cualquier momento.

bottom of page