¿Qué es?
Es la norma que regula la adjudicación de destinos provisionales para el próximo curso completo, desde el 1/9/2025 al 31/8/2026.
¿Debo participar?
Sí, siempre que quieras obtener destino por el curso completo y cumplas los requisitos.
¿Cómo puedo participar?
Las solicitudes se presentan por la sede electrónica de la Consejería de Educación en el enlace que se establezca.
¿Qué tipo de participaciones hay?
Existe la participación voluntaria y la obligatoria.
¿Qué significa ser participante obligatorio?
La participación obligatoria comprende los siguientes casos:
• El personal funcionario de carrera que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones: suprimido, desplazado, sin destino definitivo, que haya finalizado el periodo de tiempo por el que fue adscrito a puestos de trabajo docentes españoles en el extranjero y quienes deseen reingresar al servicio activo para el curso 2025-2026.
• Los funcionarios en prácticas para el curso 2025-2026.
• El personal integrante de las listas de empleo y de la lista de Logopedia que deseen obtener destino para el curso 2025-2026. Los integrantes de las listas de empleo podrán participar por una, por varias o por todas las especialidades de las que formen parte. Quedarán excluidos por aquellas especialidades por las que no participen quedando en situación de no disponibles en las mismas. Para poder participar en nuevos nombramientos deberán solicitar su disponibilidad, que se hará efectiva a partir del 22 de septiembre de 2025.
• El profesorado al que se le haya asignado destino en el curso 2024-2025 y quiera continuar en el Programa para la Mejora de la Estabilidad de Claustros Inestables (PROMECI) participará obligatoriamente en este procedimiento de adjudicación teniendo como destino preferente el asignado en el citado programa. En el supuesto de que no sea posible ratificar la citada plaza, se procederá de conformidad a la normativa vigente aplicando la base octava de la Resolución n.º 1131/2019 de la Dirección General de Personal.
¿Qué significa ser participante voluntario?
La participación voluntaria comprende los siguientes casos:
• El personal funcionario de carrera a quien interese solicitar las modalidades de comisiones de servicio/adscripciones provisionales que se recogen en el apartado 3 de las presentes bases.
• El personal integrante de las listas de empleo y de la lista de Logopedia, a quien interese solicitar una adscripción provisional, conforme a lo previsto en el artículo 13.3.f) de la Orden de 9 de agosto de 2021, por la que se determina el procedimiento de constitución, ordenación, actualización y funcionamiento de las listas de empleo para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario de la Comunidad Autónoma de Canarias, siempre que haya obtenido destino en la adjudicación de destinos provisionales para el curso 2024-2025 en jornada completa hasta el 31 de agosto de 2025, con los mismos requisitos y documentación establecidos para las comisiones de servicio de los funcionarios de carrera en la Orden de 10 de mayo de 2010.
Asimismo, el personal integrante de las listas de empleo que, en el momento de la publicación de esta resolución, se encuentre en situación de no disponibilidad también podrá participar. Su participación presupondrá su disponibilidad, pudiendo renunciar a su participación en el procedimiento en la adjudicación provisional y continuar en situación de no disponibilidad. En el caso de que no renuncie y no obtenga destino en la adjudicación definitiva, permanecerá en situación de disponibilidad.
• Igualmente podrá participar voluntariamente en este procedimiento el personal laboral fijo docente, en aquellas comisiones que por normativa correspondan.
¿Quiénes están exentos de participación?
-
Quienes, estando obligados a hacerlo, hayan resultado seleccionados para ocupar la Dirección de un centro para el próximo curso.
-
Integrantes de listas de empleo que se encuentren no disponibles y estén interesados en continuar en dicha situación durante el curso 2025-2026.
¿Cómo se entrega la solicitud?
A través de la sede electrónica de la Consejería de Educación que se habilite en el momento en que comienza el plazo: https://tinyurl.com/3dmnmdax
¿Este año hay derecho a prórroga?
-
Los destinos provisionales adjudicados en el curso 2024-2025 podrán prorrogarse con ocasión de vacante para el próximo curso 2025-2026, siempre que se mantengan las mismas condiciones y requisitos de participación.
-
Los funcionarios en prácticas durante el curso 2024-2025 que, con efectos de 1 de septiembre de 2025, pasan al colectivo de funcionarios de carrera sin destino definitivo, podrán prorrogar el destino adjudicado en el curso 2024-2025 con ocasión de vacante.
-
Así mismo, los nombramientos efectuados en el procedimiento de postadjudicación podrán prorrogarse para el curso 2025-2026, con ocasión de vacante, siempre que se mantengan las mismas condiciones y requisitos de participación.
-
Los destinos obtenidos por intercambio de plazas no serán objeto de prórroga.
-
Todos los participantes podrán renunciar a la prórroga en el plazo de reclamaciones a los resultados provisionales de la adjudicación de destinos.
Soy personal interino y quiero presentar una comisión de servicio, ¿tengo que hacer algo más?
Si has obtenido destino en los nombramientos del verano del curso anterior podrás hacerlo, pero debes hacer también la participación normal obligatoria como personal integrante de listas de empleo (colectivo 55) para el caso en el que no se te concediera la comisión.
Obtuve destino este curso por comisión de servicio, ¿debo volver a pedirla?
Si quieres obtener destino el próximo curso por esa misma comisión, podrás pedirla e inclusi prorrogar destino si se cumplen las condiciones.. Pero la prórroga del destino no está garantizada.
¿Qué diferencia hay entre una plaza ordinaria y una de puesto singular o de provisión voluntaria?
Las plazas de puestos singulares o de provisión voluntaria corresponden a perfiles específicos.
No se adjudican de oficio y es necesario pedirlas de manera expresa.
Puedes verlas en los anexos IIIA y IIIB de la convocatoria.
El funcionariado de carrera debe solicitar comisión de servicio por puestos declarados de carácter singular o de provisión voluntaria y el personal de listas de empleo inserta las peticiones de esos puestos entre las ordinarias.
¿Qué tipo de comisiones de servicio puede solicitar un/a integrante de las listas de empleo?
Siempre que haya obtenido destino en la adjudicación de destinos provisionales para el curso 2024/2025 en jornada completa hasta el 31 de agosto de 2025, con los mismos requisitos y documentación establecidos para las comisiones de servicios de funcionariado de carrera en la Orden de 10 de mayo de 2010.
-
Por razón de violencia de género.
-
PROMECI (integrantes actuales).
-
Por necesidades docentes.
-
Por desempeño en un cargo electo en corporaciones locales.
-
Por motivos de salud propia.
-
Por motivos de salud de familiares.
¿Qué tipo de comisiones de servicio puede solicitar el funcionariado de carrera / en prácticas?
Siempre que cumpla los requisitos establecidos:
-
Por razón de violencia de género.
-
En puestos declarados de carácter singular u otros de provisión voluntaria.
-
Para desempeñar cargos directivos en centros docentes.
-
Por supresión o desplazamiento de destino definitivo.
-
Por necesidades docentes.
-
Por haber finalizado el mandato en la dirección. (Todos los cargos directivos).
-
Por desempeño en un cargo electo en corporaciones locales.
-
Por motivos de salud propia.
-
Por motivos de salud de familiares.
-
Por acercamiento al domicilio familiar (cambio de isla).
-
Por acercamiento al domicilio familiar (misma isla).
-
Por acercamiento a la residencia habitual (cambio de isla).
-
Por acercamiento a la residencia habitual (misma isla).
-
Por excedencia que soliciten reingresar al servicio activo, sin reserva de puesto de trabajo.
-
Para docentes en otras administraciones educativas.
¿Cuál es el orden de adjudicación de las plazas vacantes?
Tiene siempre preferencia el personal funcionario de carrera o en prácticas sobre el personal de listas de empleo.
Orden de prelación descendente:
Funcionariado de carrera/en prácticas:
-
Por razón de violencia de género.
-
En puestos declarados de carácter singular u otros de provisión voluntaria.
-
Para desempeñar cargos directivos en centros docentes.
-
Por supresión o desplazamiento de destino definitivo.
-
Por necesidades docentes.
-
Por haber finalizado el mandato en la dirección. (Todos los cargos directivos).
-
Por desempeño en un cargo electo en corporaciones locales.
-
Por motivos de salud propia.
-
Por motivos de salud de familiares.
-
Por acercamiento al domicilio familiar (cambio de isla).
-
Por acercamiento al domicilio familiar (misma isla).
-
Por acercamiento a la residencia habitual (cambio de isla).
-
Por acercamiento a la residencia habitual (misma isla).
-
Por excedencia que soliciten reingresar al servicio activo, sin reserva de puesto de trabajo.
-
Para docentes en otras administraciones educativas.
Personal de listas de empleo:
-
Por razón de violencia de género.
-
PROMECI (integrantes actuales).
-
Por necesidades docentes.
-
Por desempeño en un cargo electo en corporaciones locales.
-
Por motivos de salud propia.
-
Por motivos de salud de familiares.
Adjudicación por orden de lista. (Colectivo 55)
Soy FC y he obtenido mi destino definitivo para el curso 2024/25, ¿puedo solicitar comisión de servicios para el 2025/26?
Sí, pero revisa los requisitos de cada una.
Soy personal de listas de empleo. ¿Debo hacer una solicitud por cada especialidad en las que estoy en lista?
La aplicación te permite de una sola vez participar por una, varias o todas las especialidades de las que formes parte dentro del mismo cuerpo. En aquellas en las que no participes quedarás en situación de no disponibilidad y deberán solicitar la disponibilidad si lo deseas, que será efectiva a partir del 22/9/2025.